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Tuesday, September 16, 2008

Derecho Internacional Público

Los lectores usuales de mi blog no entenderán nada de lo que voy a postear a continuación, pero como siempre digo "este es mi blog y hago con él lo que me venga en gana". Simplemente ignórenlo y esperen a mi próximo update.

A AQUELLOS SUFRIDOS ESTUDIANTES DE ABOGACÍA QUE VIENEN A BUSCAR EL MATERIAL DEL CASO PRÁCTICO DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
(Cátedra de Pagliari, Australia y Nueva Zelanda c/ Francia)

Bienvenidos a mi blog. Si no saben lo que es un blog y tampoco les interesa saber, más abajo están los links a los archivos.

Si se están preguntando ¿qué es un blog?, ahí va:

"Un blog es un formato de publicación de contenido en internet caracterizado por su similitud con un 'diario personal' con el condimento de que ser (generalmente) de público acceso y libre (de nuevo, generalmente) participación de sus visitantes. Su(s) dueño(s) 'postean' lo que quieren decir con o sin cierta regularidad, y los lectores pueden 'comentar' lo posteado, dejando registro de ello en la misma página."


En este sitio suelo contar al mundo cosas que me interesan, cosas que me pasan, cosas que describen como soy, ocurrencias y alguna que otra cosa rara que descubro y/o encuentro. Aparentemente ahora también lo uso de machete de apuntes para la facu.

En definitiva, acá están los links al material del caso práctico que expusimos Laura y Yo:
  • El texto completo del análisis del caso. Por la Ab. Fanny Peralta
    (NOTA: este material fue digitalizado y posteriormente resaltado por mí. No se asusten si hay un par de errores de puntuación)
    Archivo "Fallo CIJ Pruebas Nucleares.doc"
  • La presentación mostrada en clase, con imágenes incluidas
    (sin el video del planeta girando porque es muy pesado)
    Archivo "DIP - CIJ.pps"
  • BONUS: El resumen de las primeras bolillas
    (hasta el tema de los "Modos de adquirir el dominio territorial")
    Archivo "DIP Resumen 1er parcial.doc"

Que lo disfruten.

5 comments:

Gurisa said...

Te faltó el exámen :P

Dayana said...

Siempre sirviendo a la comunidad!

Adrián Cabrera said...

Spam! Jaja

Anonymous said...

UNIVERSIDAD ARGENTINA JOHN F. KENNEDY, CONDENADA por DISCRIMINACION y DESPIDO,
SENTENCIA DEFINITIVA E INAPELABLE, FALLO FIRME.
Bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, porque ellos serán saciados….

Sentencia definitiva por Discriminación, en perjuicio del profesor Eduardo Marcelo Cocca, Juzgado 12 de la Justicia Laboral de la Capital Federal, condenando a la Universidad John F. Kennedy, Tanbién son condenados en el juicio laboral. Que oportunamente le iniciara el profesor Cocca. Fallo de diciembre 2008

SENTENCIA N* 22.232 en el siguiente link :

http://sentenciafallo.blogspot.com/





" Lo mas atroz de las cosas malas, es el silencio de la gente buena "-

Mahatma Gamdhi


Este es un e-mail legal, libre de virus y contiene informacion que consideramos de su interés.
De acuerdo con la nueva Ley argentina Nº 26032 la libre distribución este email está autorizada
por tratarse de propósitos de información, sin embargo, si le hemos causado alguna molestia por el mismo,
le rogamos acepte nuestras disculpas y nos envie un mail a

ecocca@fibertel.com.ar para no ser contactado nuevamente.



SERVICIO DE INTERNET


Ley 26.032


Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.


Sancionada: Mayo 18 de 2005

Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°

— La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

ARTICULO 2°

— La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo.


—REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.


EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.

Anonymous said...

hola, de casualidad llegué a tu blog y fue lo mejor que me paso en estos días jaja. voy a rendir DIP en agosto y estoy estudiando de unos apuntes que me pasaron, no muy claros. tu resumen del primer parcial me salvó. aclaré muchas cosas!! De donde estudiaste el resto de las bolillas? tendrías otro resumen para pasarme? Saludos. J.

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